Los Consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes son los órganos administrativos
que, en cada municipio y por mandato de la sociedad, se encargan de asegurar la protección
en caso de amenaza o violación de los derechos y garantías de uno o varios niños, niñas o
adolescentes, individualmente considerados.
Estos Consejos son permanentes y tendrán autonomía en el ejercicio de las atribuciones previstas en la ley y demás normas del ordenamiento jurídico. Artículo 158 LOPNNA.
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